ADJUDICACIÓN POR HERENCIA

Una vez que fallece alguna persona que tiene propiedades, se debe iniciar con la sucesión testamentaria o intestamentaria, el cual concluye con el trámite de adjudicación de los bienes que dejó la persona, que consiste en la escrituración de la transmisión de la propiedad o propiedades a favor de los herederos.

Tiempo aproximado del tramite: de 6 a XX semanas

Requisitos:

  • Identificación oficial de adjudicatarios (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional con fotografía).

  • Clave Única de Registro de Población (CURP) de adjudicatarios.

  • Constancia de situación fiscal (actualizada) de adjudicatarios.

  • Si alguna de las personas que intervengan en la operación es de nacionalidad extranjera deberá traer el documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su legal estancia en el país.

  • En caso de acudir en representación de una persona, presentar poder notarial.

  • Acta de matrimonio o divorcio de adjudicatarios.

  • Proporcionar el Juzgado y número de expediente.

  • Presentar en el Juzgado correspondiente escrito de autorización para que la Notaría recoja el expediente judicial.

  • Escrituras de antecedente o títulos de propiedad en original o copia certificada.

  • Certificado de existencia o inexistencia de gravamen.

  • Boleta del pago del impuesto predial (del último año).

  • Constancia de no adeudo de agua.

  • En algunos casos, presentar alineamiento y número oficial.

  • Llenar formularios.