RATIFICACIÓN

Es el acta por medio del cual el Notario hace constar que las personas que comparecieron ante él acudieron a reconocer y ratificar las firmas que estamparon en cierto documento, y que manifiestan que son de su puño y letra.
Tiempo aproximado del tramite: 1 Semana
Requisitos:
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Identificación oficial de solicitantes y de 2 testigos, si así lo desean los solicitantes (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional con fotografía).
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Clave Única de Registro de Población (CURP) de solicitantes y de testigos, en su caso.
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Constancia de situación fiscal (actualizada) de solicitantes.
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Si alguna de las personas que intervengan en la operación es de nacionalidad extranjera deberá traer el documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su legal estancia en el país.
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En caso de acudir en representación de una persona, el poder notarial que lo acredite.
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Documento que se pretende ratificar, en original.
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Llenar formularios.
