SUCECION TESTAMENTARIA

Es el procedimiento por el cual, con motivo del fallecimiento de una persona que otorgó testamento, se transmiten los bienes, derechos y obligaciones a las personas indicadas en el mismo.
Tiempo aproximado del tramite: de 6 a XX semanas
Requisitos:
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Identificación oficial de los solicitantes, así como del finado y de dos testigos (credencial de elector, pasaporte, cédula profesional con fotografía).
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Clave Única de Registro de Población (CURP) de los solicitantes y testigos.
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Constancia de situación fiscal (actualizada) de los solicitantes.
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Si alguna de las personas que intervengan en la operación es de nacionalidad extranjera deberá traer el documento oficial expedido por el Instituto Nacional de Migración que acredite su legal estancia en el país.
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En caso de acudir en representación de una persona, presentar poder notarial.
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Último testamento en original o copia certificada.
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Acta de defunción.
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Acta de matrimonio o divorcio del difunto.
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Escritura de propiedad del o los inmueble(s) en original o copia certificada.
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Recibo de pago de impuesto predial (último año).
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Boletas y recibos de pagos por servicio de agua del inmueble (con antigüedad no mayor a 2 meses).
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Solicitud de inicio de juicio sucesorio dirigida al Notario y firmada por todos los solicitantes.
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Inventario de bienes, créditos y deudas.
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En algunos casos es indispensable presentar alineamiento y número oficial, licencia de construcción y aviso de terminación de obra.
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Llenar formularios.
